Si admisiblemente el trabajador puede resultar contuso en el curso de su excursión laboral, el evento que causó el accidente no tiene ninguna relación con la labor que se estaba desempeñando, sino que se debió a un acontecimiento completamente foráneo e inapelable. Parejoágrafo 2°. En todas las ciudades o municipios https://medinaempresarialsst.com/accidente-de-trabajo/