Si se tratare de un menor de edad o incapacitado, la autoridad baja cuya custodia se encuentre el detenido o preso notificará las circunstancias del apartado two.d) a quienes ejerzan la patria potestad, la tutela o la guarda de hecho del mismo y, si no fueran halladas, se dará cuenta http://troynwhqz.post-blogs.com/18669075/the-fact-about-abogados-torremolinos-that-no-one-is-suggesting